Declaración
A partir de hoy, el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) ha emitido una norma final interina que revisa la autoridad bajo el Título 42 Parte 71.40 del Código de Regulaciones Federales (42 CFR Part 71.40), que limita temporalmente el ingreso de ciertas personas a los Estados Unidos con el fin de ayudar a detener la propagación de enfermedades peligrosas. La norma revisada ahora aplica la capacidad de suspender el ingreso a los Estados Unidos de residentes permanentes legales de los EE. UU. (green card holders/tarjeta verde). En el contexto del brote de ébola actual, esto significa que a los residentes permanentes legales que hayan estado en la República Democrática del Congo, Uganda o Sudán del Sur en los últimos 21 días no se les permitirá el ingreso a los Estados Unidos.
Esta norma no prohíbe permanentemente el regreso a los Estados Unidos de los residentes permanentes legales. En cambio, otorga a los CDC autoridad discrecional para restringir la entrada cuando sea necesario y esté permitido por la ley. Aplicar esta autoridad a los residentes permanentes legales durante un periodo limitado proporciona un equilibrio entre la protección de la salud pública y el manejo de los recursos de respuesta a emergencias.
Durante brotes de rápida evolución de enfermedades altamente peligrosas, esta opción es necesaria para proteger la salud pública. Algunos residentes permanentes legales pueden tener lazos familiares o comunitarios estrechos en el extranjero y podrían viajar con mayor frecuencia a las regiones afectadas. Esos viajes pueden aumentar las posibilidades de exposición a las enfermedades.
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