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Prevención
de lesiones y muertes por caídas durante las tareas de construcción
y mantenimiento de torres de telecomunicación
¡ADVERTENCIA!
Los trabajadores que realizan tareas de construcción
y mantenimiento de torres de telecomunicación están
expuestos a un riesgo elevado de sufrir caídas con consecuencias
mortales. |
LOS TRABAJADORES deben
tomar las siguientes precauciones para evitar sufrir caídas durante
las tareas de construcción y mantenimiento de torres.
- Utilizar protección
de 100% contra caídas al trabajar en torres a una altura de más
de 25 pies.
- Participar en todos
los programas de formación ofrecidos por su empleador.
- Seguir las prácticas
de trabajo seguras mencionadas en los programas de formación
para trabajadores.
- Utilizar el equipo
de protección personal requerido por OSHA y asegurarse
de conocer la forma correcta de utilizarlo.
- Inspeccionar el
equipo diariamente e informar inmediatamente a su supervisor sobre cualquier
daño o deficiencia observada en el mismo.
LOS EMPLEADORES deben tomar las siguientes precauciones para evitar el riesgo de
que los
trabajadores sufran lesiones e incluso la muerte como consecuencia de
caídas durante las tareas de construcción y mantenimiento
de torres.
- Respetar la Directiva
de Cumplimiento 2-1.29. de la OSHA.
- Asegurarse de que
el equipo de izado utilizado para suspender a los trabajadores está
diseñado para evitar un descenso descontrolado y cuenta con la
capacidad debida para el uso deseado.
- Asegurarse de que
los operadores del equipo hayan sido debidamente instruidos en el uso
del mismo.
- Asegurarse que
los trabajadores utilicen protección de 100% contra caídas
al trabajar en torres a una altura de más de 25 pies.
- Proporcionar a
los trabajadores un sistema de protección de 100% contra caídas
compatible con los componentes de las torres y las tareas a realizar.
- Asegurarse de que
los postes grúa sean instalados y utilizados de acuerdo a las
especificaciones del fabricante o un ingeniero profesional colegiado.
- Asegurar que los
erectores de las torres reciban la instrucción debida en las
técnicas de ascenso, entre ellas el mantener tres puntos de apoyo.
- Proporcionar a
los trabajadores el equipo de protección personal requerido por
la OSHA así como la formación debida sobre su uso adecuado.
- Asegurarse de que
los trabajadores inspeccionen el equipo diariamente para detectar cualquier
daño o deficiencia.
- Proporcionar a
los trabajadores un sistema de equipo de posicionamiento de trabajo
adecuado. Los conectores de los sistemas de posicionamiento deben ser
compatibles con los componentes de las torres a los que se conectan.
- Complementar la
instrucción recibida por los trabajadores sobre las prácticas
seguras de trabajo con discusiones sobre los informes de caso FACE.
- Familiarizarse
y cumplir con las leyes de protección del menor en el lugar de
trabajo que prohiben que los menores de 18 años realicen actividades
peligrosas.
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Para mayor información,
consúltese la publicación del NIOSH Alerta:
Prevención de lesiones y muertes por caídas
durante las tareas de construcción y mantenimiento
de torres de telecomunicación [DHHS (NIOSH) Publication
No. 2001-156]. Podrá obtener copias de
la Alerta sin costo alguno solicitándolas
a la siguiente dirección:
NIOSH--Publications Dissemination
4676 Columbia Parkway
Cincinnati, OH 45226-1998
Teléfono: 1-800-CDC-INFO (1-800-356-4636)
Fax: 513-533-8573
E-mail: pubstaft@cdc.gov
o visite el sitio Web de NIOSH en www.cdc.gov/spanish/niosh
Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE.UU.
Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
Instituto Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional |
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Prevención
de lesiones y muertes por caídas durante las tareas de
construcción y mantenimiento de torres de telecomunicación
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¡ADVERTENCIA!
Los trabajadores que realizan tareas
de construcción y mantenimiento de torres de telecomunicación
están expuestos a un riesgo elevado de sufrir caídas
con consecuencias mortales. |
El Instituto Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional (NIOSH) solicita su ayuda para prevenir las lesiones y muertes de trabajadores como consecuencia de caídas durante las labores de construcción y mantenimiento de torres de telecomunicación. Las investigaciones de incidentes con consecuencias mortales realizadas recientemente por NIOSH sugieren que los empleadores, supervisores, trabajadores, dueños de torres, fabricantes de torres y proveedores de servicios de comunicación inalámbrica podrían no reconocer o no estar conscientes de los peligros de caídas graves asociados con las tareas de construcción y mantenimiento de dichas torres. Como resultado, podrían no seguir prácticas de trabajo seguras a fin de reducir estos riesgos. En esta Alerta se describen siete incidentes mortales que fueron resultado de caídas sufridas durante la construcción y mantenimiento de torres de telecomunicaciones. En esta Alerta también se incluyen recomendaciones para prevenir accidentes similares. Las siete muertes fueron investigadas por el programa de determinación de las causas de incidentes con consecuencias mortales y evaluación del control (FACE) de NIOSH.
ANTECEDENTES
El uso generalizado de servicios
de comunicación inalámbrica ha tenido como consecuencia
la construcción de torres de telecomunicaciones que contienen dispositivos
de transmisión para teléfonos celulares, servicios personales
de comunicaciones y antenas de radio y teledifusión. La Comisión
Federal de Comunicaciones (FCC) estima que se han construido por lo menos
75,000 torres de telecomunicaciones en los Estados Unidos y algunos grupos
de la industria indican que cada año se erigen más de mil
de ellas [Chiles 1997]. Se anticipa que la Ley de Telecomunicaciones de
1996 (Ley Pública 104-104) fomente la construcción de más
torres de este tipo a fin de satisfacer una mayor demanda de servicios
de comunicaciones inalámbricas [OSHA 1998].
Las torres de telecomunicaciones
pueden ser de varios tipos y su altura varía desde 100 hasta 2,150
pies o más [OSHA 1998]. En general, existen tres tipos de torres
de telecomunicaciones:
- monopolos formados por tubos cónicos de acero que encajan unos
sobre otros a fin de formar un polo estable,
- torres
tirantes estabilizadas por medio de cables de sujeción, y
- torres autoportantes, estructuras autoestables reticuladas (Figura 1).
En general, existen tres tipos de torres de telecomunicaciones: monopolo, arriostrada (tirante)
y autoportante.

Figura 1. Tipos de torres
Las torres de telecomunicaciones generalmente se fabrican en secciones y se arman en terreno izando cada sección a su lugar y asegurándolas por medio de pernos. Algunos modelos de torres de menor altura son autoerigibles. En el caso de la mayoría de las torres que se arman en terreno, generalmente se utilizan grúas y postes grúa acoplados a la torre que se está construyendo para izar cada sección y colocarla en su lugar. Un poste grúa es un dispositivo utilizado únicamente en la industria de las torres de telecomunicaciones. El poste grúa se utiliza para izar las secciones de acero, el equipo o los trabajadores al lugar de trabajo. Este dispositivo temporal de elevación utiliza un sistema de cables y poleas a fin de permitir contar con espacio suficiente en la parte superior para acomodar la siguiente sección de la torre o el equipo que se está instalando (Figura 2).
No se conoce
el número exacto de trabajadores que participan en labores de construcción
y mantenimiento de torres. Los trabajadores se clasifican en una serie
de subgrupos ocupacionales para los cuales se recopilan datos de empleo.
Estos grupos incluyen trabajadores del sector de telecomunicaciones, pintores,
erectores de torres y mecánicos encargados de la reparación
de equipo eléctrico y electrónico. Este tipo de trabajo
también se observa en varios subgrupos industriales como los siguientes:
- SIC (Clasificación
Industrial Estándar) 623-Construcción de acueductos, cloacas,
tuberías y tendido de líneas eléctricas y de comunicaciones
(subcategoría-construcción de torres de radiodifusión)
- SIC 1731-Trabajos de electricidad
(subcategoría-instalación de equipo de telecomunicaciones)
- SIC 1791-Erección de estructuras de acero
- SIC 1799-Contratistas de
servicios especiales no incluidos en otras categorías (subcategoría-instalación
de antenas, con la excepción de antenas de uso doméstico)
Además de las torres
de telecomunicaciones, los dispositivos de transmisión de servicios
de comunicación inalámbrica se montan con frecuencia en
el perímetro de los techos de edificios, lo cual expone a los trabajadores
al peligro de caídas. Sin embargo, el montaje y mantenimiento de
estos dispositivos en edificios exige medidas de protección contra
caídas no tratadas en este documento.

Figura 2. Poste grúa conectado a torre de comunicaciones.
DATOS SOBRE INCIDENTES CON CONSECUENCIAS MORTALES
El Censo de Lesiones Ocupacionales
con Consecuencias Mortales (CFOI) es un sistema de datos de muchas fuentes
mantenido por la Oficina de Estadísticas Laborales a fin de identificar
las muertes relacionadas con actividades de trabajo en los Estados Unidos.
Un estudio de los datos del CFOI realizado por el NIOSH identificó
118 muertes relacionadas con labores en torres de telecomunicaciones entre
1992 y 1998. Entre ellas, 93 caídas, 18 casos en los que se habían
desplomado las torres de telecomunicacion y 4 electrocuciones. Sin embargo,
este número de muertes debe considerarse como un mínimo
porque los métodos de identificación no son exactos [NIOSH
2000a].
Las estimaciones del número
de trabajadores que realizan labores de construcción y mantenimiento
de torres indican cifras muy distintas. En 1993, las estimaciones variaban
entre 2,300 y 23,000 trabajadores en esta área [OSHA 1998]. Estos
cálculos indican cifras de incidentes mortales de 49 a 468 muertes
por cada 100,000 trabajadores - de un promedio de 10 a 100 veces superior
al de 5 muertes por cada 100,000 trabajadores en todas las industrias.
NORMAS VIGENTES
OSHA
La norma de seguridad relativa a la protección
contra caídas en la industria de la construcción de
la Administración
de Salud y Seguridad Ocupacional (OSHA) [29 CFR (Código
de Normas Federales) 1926, Sección M] no incluye las
actividades de erección de estructuras de acero en lugares distintos
a edificios, como en el caso de las torres. La sección R de
la norma de protección contra caídas durante labores
de construcción
de OSHA [29 CFR 1926] propone como fecha de entrada en vigor el 18
de septiembre de 2001, y no se aplica a las torres de transmisión,
comunicaciones, radiodifusión y a los tanques.
Directiva de cumplimiento
Para responder a los peligros
asociados a las labores de construcción y mantenimiento de
torres de telecomunicaciones, en 1997 OSHA nombró un grupo
de trabajo especializado en torres y compuesto por personal de varias
agencias. El
grupo de trabajo (en el que participan representantes de las oficinas
regionales y federales de OSHA, la Administración Federal
de Aviación, el Cuerpo de Ingenieros del Ejército
de los EE.UU., NIOSH, la Marina de los EE.UU. y otros) ha trabajado
con la Asociación
Nacional de Erectores de Torres (NATE) a fin de elaborar una directiva
de cumplimiento para proteger a los trabajadores de la industria
de construcción
de torres de cualquier peligro.
La directiva de cumplimiento
de OSHA (CPL 2-1.29, Procedimientos de inspección interina
durante las actividades de construcción de torres de comunicación)
entró
en vigor el 15 de enero de 1999 [OSHA 1999]. La directiva trata sobre
la protección contra caídas y el acceso seguro a las torres
durante las labores de construcción. La directiva contiene disposiciones
específicas:
- Establece políticas
y procedimientos uniformes que los funcionarios de OSHA encargados
de verificar el cumplimiento de la directiva deben seguir al realizar
inspecciones de las torres en construcción.
- Describe las prácticas
recomendadas que se debe seguir en la industria
- Exige que los trabajadores
que realizan labores en torres de telecomunicaciones apliquen una protección
del 100% contra caídas al trabajar a una altura de 25 pies o
más (este requisito se aplica a los trabajadores que se desplazan
de un lugar a otro de la torre o suben o bajan de la misma)
- Especifica los procedimientos
y condiciones apropiadas en las que los trabajadores pueden tener acceso
a la torre "por el cable" (práctica en la que los trabajadores
son izados directamente a la torre por medio de un cable levadizo)
- Prohibe que los trabajadores sean izados para realizar labores a menos de 200
pies de altura. Requiere que en estos casos los trabajadores asciendan
a los lugares de trabajo ubicados a estas alturas utilizando métodos
convencionales tales como escalar con protección contra caídas
o utilizando una plataforma de personal
- Permite que un máximo de dos erectores de torres sean izados a la vez con
un cable para desempeñar labores a alturas superiores a 200 pies
cuando (1) se esté erigiendo las torres con postes grúa,
(2) las condiciones reinantes impidan el uso de una plataforma de personal,
y (3) el uso de otros métodos convencionales de ascenso por medio
de una escalera u otros dispositivos de ascenso autorizados podría
crear un peligro mayor debido a la fatiga o al estrés producido
por una acción repetida.
- Especifica los requisitos
mínimos para permitir que los trabajadores sean izados por medio
de un cable levadizo, tales como los siguientes:
- Capacitación al trabajador
- Uso de equipo de izado que haya sido aprobado, certificado o inspeccionado
por un ingeniero profesional colegiado u otro profesional designado
- Procedimientos de simulacros de izado y de pruebas
- Reuniones previas al izado
- Documentación de los procedimientos utilizados
- Comunicación continua entre el operador de la grúa levadiza y los trabajadores
que están siendo izados
- Estudio de las condiciones ambientales
- Especificaciones y mantenimiento de las grúas levadizas hidráulicas y los
postes grúa
Apéndice sobre el uso de los postes grúa
El grupo de trabajo especializado en torres de OSHA podrá elaborar
un apéndice a la directriz de cumplimiento de OSHA (CPL 2.129)
o una nueva directiva relativa al uso de los postes grúa de
manera específica. Dicha directiva estaría basada en
pautas ya existentes o en curso de elaboración [NATE 1998,
1999]. Por ejemplo, la NATE ha elaborado directrices para la industria
sobre el uso de los
postes grúa. Además, la Asociación de la Industria
de Telecomunicaciones/Asociación de Industrias Electrónicas
(TIA/EIA) está elaborando una norma sobre los postes grúa
[TIA/EIA 2001]. OSHA está analizando algunas secciones de
las directrices de la NATE sobre postes grúa y de la norma
TIA/EIA para utilizarlas en cualquier directiva de cumplimiento futura
relativa
a los postes grúa.
Como mínimo, cualquier
directiva futura sobre los postes grúa exigirá que se cuente
con el plano de un ingeniero profesional colegiado en el lugar de las
obras. El plano deberá
- mostrar el poste grúa y su riel (en caso de haberlo) e indicar la capacidad
de izado y el procedimiento de enlace a la torre,
- indicar el enlace del riel en por lo menos dos lugares (arriba y abajo), y
- indicar que tanto más arriba se puede elevar el poste grúa por
encima de su punto superior de enlace a la torre.
Además, cualquier directiva
futura requerirá que se mantengan registros de inspección,
documentación sobre los programas de instrucción de los
trabajadores y el uso de un mecanismo de bloqueo doble (un dispositivo
que impide el contacto entre el cuadernal móvil o el ensamblaje
del gancho con de la parte superior del mástil).
Ley sobre estándares laborales y el trabajo de los jóvenes
La ley sobre estándares laborales (FLSA) [29 USC (Código de los EE.UU.) 201 et seq.] incluye
normas formuladas por la Secretaría del Trabajo acerca de las
labores consideradas como peligrosas para los jóvenes. La Norma
de labores peligrosas No. 7 "Oficios relacionados con aparatos
de izado dotados de motor" prohibe que los trabajadores menores
de 18 años realicen
cualquier tipo de trabajo en el que haya que utilizar un aparato de izado
dotado de motor, incluyendo el ascenso en una plataforma elevadora.
En la
ley se define el término plataforma elevadora como "un dispositivo
diseñado para transportar personas compuesto de plataformas o listones
montados en una correa sin fin, cable, cadena o método de suspensión
similar o unidos a éstos; dicha correa, cable o cadena se desplaza
en forma fundamentalmente vertical y está sostenida por poleas,
roldanas, o engranajes en la parte superior e inferior, los cuales
garantizan el movimiento
de la misma."
INFORMES DE CASOS
Los casos presentados a continuación
fueron investigados por el Programa NIOSH FACE. El objetivo de este
programa
es prevenir los incidentes de trabajo con consecuencias mortales en todo
el país al (1) identificar e investigar situaciones laborales
en las que implica un riesgo elevado de lesiones del trabajador y
(2) formular
y divulgar estrategias de prevención.
Caso 1
El 3 de diciembre de 1999,
el dueño de una compañía de pintado de torres de
40 años, su hijastro de 16 años y un empleado de 19 años
murieron al caer desde una altura de 1,200 pies. La compañía
había estado en el lugar de las obras durante dos semanas reparando
la luz de la punta de una torre de radiodifusión de 1,500 pies
de altura, pintándola e instalando plataformas de descanso. El
día del incidente, el dueño había planeado trabajar
en la luz de la punta de la torre mientras los otros dos trabajadores
continuaban con el trabajo de pintura. Para elevar a los trabajadores
por el exterior de la torre se utilizaron tres mil pies de cuerda de nilón
de ¾ de pulgada y una grúa levadiza eléctrica portátil
de mil libras de capacidad. Se ataron tres lazos en el cable de la grúa
levadiza con una distancia de aproximadamente 6 pies entre sí.
Los trabajadores utilizaron estos lazos para ayudarse a ascender con el
cable. El hijastro fue el primero, seguido por el trabajador de 19 años
y luego el dueño de la compañía. Utilizando un trozo
de cuerda tejida, los trabajadores ataron el extremo de la cuerda de nilón
a una de las plataformas de descanso, 62 pulgadas por debajo del último
lazo. La esposa del dueño de la compañía hacía
funcionar la grúa utilizando un pedal ubicado en el piso. Cuando
la esposa estaba izando a los trabajadores por el lado de la torre, el
cable de izado empezó a resbalar alrededor del cabrestante. La
esposa no pudo sujetar la cuerda y los trabajadores se desplomaron. La
grúa levadiza utilizada en este caso no había sido fabricada
para izar personas ni tenía la capacidad debida para ello. Además,
es posible que la carga fuera superior a la capacidad su izado [NIOSH
2000b].
Caso 2
El 8 de diciembre de 1998, un
obrero erector de torres de 21 años murió luego de haberse
deslizado a lo largo de 1,000 pies de un cable de retención. La
víctima
y los compañeros de trabajo se hallaban conectando amortiguadores
a los cables de una torre cuando ocurrió el incidente. La torre
que se estaba construyendo era una de teledifusión digital de
alta definición
de 1,040 pies de altura. Cuando el incidente ocurrió, la víctima
se hallaba a una altura de mil pies y tenía puesto un cinturón
de posicionamiento de seguridad con una barra en T acoplada a los anillos
en forma de D en su cinturón. A uno de los extremos de la barra
en T se había conectado un cordón de longitud ajustable
terminado en un gancho. Al otro extremo del cordón había
un gancho grande. La víctima colocó el gancho grande por
encima del cable pero no conectó el cordón ajustable a la
torre antes de deslizarse en el cable. Aunque tenía un pie enganchado
en el cable, no pudo evitar resbalar. La víctima se deslizó rápidamente
por el cable y golpeó el punto de sujeción del mismo. Fue
declarado muerto en el lugar de los hechos [Missouri FACE 1998].
Caso 3
El 13 de noviembre de 1998, un
obrero erector de torres de 41 años cayó desde una altura
de 240 pies desde una torre de telecomunicaciones de 260 pies de altura
al tratar de instalar un aparato de teléfono nuevo en la misma.
La víctima y un compañero de trabajo aseguraron sus cordones
al cable de ascenso colocado en uno de los soportes de la torre y subieron
a una altura de 240 pies. El dueño y un tercer obrero erector de
torres permanecieron en tierra. Ambos trabajadores utilizaban dos cordones
de seis pies de longitud conectados a los anillos en D de sus tirantes.
Los dispositivos de terminación de los cordones de los obreros eran
dos ganchos de zafada rápida. El dispositivo de terminación
de uno de los cordones de la víctima era un gancho grande de zafada
rápida, pero el otro cordón tenía un gancho de seguridad
pequeño en el extremo. La víctima empezó a conectar
un cable de teléfono coaxial a un brazo de la antena mientras
el compañero de trabajo, de espaldas a la víctima, estaba
conectando componentes de una escalerilla portacable a la torre. Poco
después,
la víctima se desplomó desde la torre, sin que nadie la viera.
El compañero de trabajo expresó que se debían utilizar
dos ganchos de zafada rápida porque el gancho de seguridad más
pequeño no se podía conectar a los componentes de mayor
tamaño
de la torre [NIOSH 1999].
Caso 4
El 16 de julio de 1998, un
obrero erector de torres de sexo masculino y 23 años murió
al caer desde una altura de 200 pies de una torre de telecomunicaciones
mientras estaba conectado a una sección de 80 pies de longitud
de una escalerilla portacables. Él pertenecía a una cuadrilla
de nueve hombres que estaba erigiendo una torre triangular de telecomunicaciones
de 240 pies de altura. La cuadrilla aseguró en el piso una sección
de la torre de 140 pies de longitud por medio de pernos. Luego esta sección
fue colocada en su lugar utilizando una grúa. Luego los obreros
armaron la sección final de 100 pies de longitud en el piso, y
tres obreros erectores ascendieron a la sección de 140 pies. La
sección final fue colocada en su lugar con la grúa, y los
obreros aseguraron las dos secciones por medio de pernos. Luego se utilizó
la grúa para izar una sección de escalerilla portacables
de 80 pies de longitud a la parte superior de cada lado de la torre. A
medida que se izaba cada sección hasta su lugar, un erector empezaba
a asegurarla a la torre utilizando cuatro pernos en forma de J cada diez
pies. La víctima comenzó a trabajar asegurando la escalerilla
portacables y apretando los pernos ya acoplados mientras bajaba. Después
de una hora, la víctima estaba al nivel de 200 pies de la torre,
luego cambió de posición y aseguró sus dos cables
a la escalerilla portacables parcialmente conectada. Poco después,
la sección de la escalerilla portacables cedió y cayó
al piso con la víctima asegurada a ella [NIOSH 1998a].
Caso 5
El 8 de diciembre de 1997,
un obrero erector de torres de sexo masculino y 32 años estaba
trabajando en una cuadrilla junto con otras dos personas en una torre
de telefonía celular de 160 pies de altura. La cuadrilla había
terminado de erigir la torre y estaba bajando el poste grúa (el
dispositivo de izado utilizado para elevar las secciones de la torre a
su posición) al nivel del piso. El obrero había retirado
dos cables corredizos que aseguraban la sección superior del poste
grúa a la torre y estaba tratando de deslizarse por el cable de
izado hasta los dos cables corredizos inferiores. El dispositivo de terminación
del cable de la víctima era un gancho de zafada rápida con
una apertura interior de 4 pulgadas de ancho por 7¼ pulgadas de
longitud. El dispositivo de terminación del cable de izado era
una abrazadera de tres pulgadas. Es posible que la víctima haya
tratado de enganchar el cable y fallado o que el gancho de zafada rápida
de su cordón se haya soltado del cable de izado. Se desplomó
al suelo desde una altura de 130 pies [NIOSH 1998b].
CONCLUSIONES
Estos incidentes sugieren que
los empleadores, trabajadores, propietarios y fabricantes de torres y
compañías de servicios de comunicación inalámbrica
podrían no estar plenamente conscientes o no reconocer los peligros
considerables vinculados a las tareas de construcción y mantenimiento
de torres de telecomunicaciones y la necesidad de seguir prácticas
de trabajo seguras, incluido el uso de protección de 100% contra
caídas.
Las investigaciones de
FACE identificaron los siguientes factores que contribuyeron a que ocurrieran
caídas con consecuencias mortales desde las torres de telecomunicaciones.
- Falla de la grúa levadiza
- Uso de grúa levadiza no autorizado para alzar trabajadores
- Falla del camión grúa
- Protección contra caídas no adecuada
- No se conectó el cordón a la torre
- Incompatibilidad de los dispositivos de terminación de los cordones y los componentes
de la torre
- Enlace del cordón a componentes inestables de la torre
- Fracaso en las condiciones prescritas para deslizarse por el cable
- Capacitación deficiente del personal
- Posible fatiga y estrés por acciones repetidas
- Si los empleadores, trabajadores, dueños y fabricantes de las torres y compañías
de servicios de comunicación inalámbrica no corrigen
estas situaciones se podrían producir incidentes con consecuencias
mortales en el futuro.
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RECOMENDACIONES
NIOSH recomienda que los
empleadores y trabajadores sigan las directivas de la OSHA, proporcionen
al equipo el mantenimiento debido, y tomen las medidas siguientes para
prevenir lesiones y muertes durante las tareas de construcción
y mantenimiento de torres de telecomunicación.
Empleadores
Los empleadores deben tomar las
siguientes precauciones para reducir el riesgo de que los trabajadores sufran
lesiones e incluso la muerte durante las tareas de construcción y
mantenimiento de torres.
- Aplicar la directiva de
cumplimiento 2-1.29 de OSHA (procedimientos de inspección
interina durante las actividades de construcción de torres
de telecomunicación). Los inspectores de la OSHA deben seguir
estas directivas durante las
inspecciones de torres. Los empleadores deben asegurarse de que los
trabajadores las sigan.
- Asegurarse de que el equipo
elevador utilizado para suspender a los trabajadores esté diseñado
para evitar un descenso descontrolado y cuente con la capacidad
debida
para el uso deseado.
- Asegurarse de que los operadores
del equipo hayan sido debidamente instruidos en el uso del mismo.
- Procurar que los trabajadores
utilicen protección de 100% contra caídas al trabajar
en torres a una altura de más de 25 pies.
- Proporcionar a los trabajadores
un sistema de protección de 100% contra caídas compatible
con los componentes de las torres y las tareas a realizar.
- Asegurarse de que los postes
grúa sean instalados y utilizados de acuerdo a las especificaciones
del fabricante o un ingeniero profesional colegiado.
- Procurar que el personal
encargado de construir las torres reciba la capacitación debida
en las técnicas de ascenso, entre ellas el mantener tres puntos
de apoyo.
- Proporcionar a los trabajadores
el equipo de protección personal requerido por OSHA así
como la capacitación debida sobre su uso adecuado.
- Asegurarse de que los trabajadores
inspeccionen el equipo diariamente para detectar cualquier daño
o deficiencia.
- Proporcionar a los trabajadores
un sistema de equipo de posicionamiento de trabajo adecuado. Los conectores
de los sistemas de posicionamiento deben ser compatibles con los componentes
de las torres a los que se conectan. (Nótese que un sistema de
equipo de posicionamiento de trabajo no representa una protección
100% contra caídas.)
- Complementar la instrucción
de los trabajadores sobre las prácticas de trabajo seguras con
una discusión de los informes de caso FACE para garantizar que
los trabajadores estén plenamente conscientes de los peligros
considerables vinculados a sus tareas y la necesidad de seguir prácticas
estrictas de trabajo seguro.
- Conocer y respetar las leyes
que regulan el trabajo infantil y que prohiben que los empleados menores
de 18 años realicen labores peligrosas. Un ejemplo de una labor
peligrosa es cualquier tarea en la que haya que utilizar un aparato
de izado dotado de motor.
Dueños y fabricantes de torres
Los dueños de las torres deben realizar lo siguiente.
- Utilizar contratos en los
que se establezca que los trabajadores respeten las medidas de seguridad
dictadas por la OSHA (incluyendo la directiva de cumplimiento 2-1.29)
al realizar labores de construcción y mantenimiento en sus
torres.
- Exigir que los contratistas
cuenten con un programa formal de salud y seguridad relativo a las tareas
de construcción y mantenimiento de torres.
- Incluir una disposición
en sus contratos en la que se estipule que una persona competente que
cuente con conocimientos sobre la erección de torres y la protección
contra caídas realice inspecciones regulares y frecuentes en
el lugar de trabajo.
Tanto los fabricantes como
los dueños de torres deben instalar en los componentes de la torre
mecanismos de protección contra caídas para ser utilizados
como puntos de fijación por los obreros durante las tareas de fabricación
o erección de las torres.
Trabajadores
Los trabajadores deben tomar
las siguientes precauciones durante las tareas de construcción
y mantenimiento de torres:
- Utilizar protección
de 100% contra caídas al trabajar en torres a una altura de más
de 25 pies.
- Participar en todos los
programas de capacitación ofrecidos por su empleador.
- Seguir las prácticas
de trabajo seguras mencionadas en los programas de capacitación
para trabajadores.
- Utilizar el equipo de protección
personal requerido por la OSHA y asegurarse de conocer la forma correcta
de utilizarlo.
- Inspeccionar el equipo diariamente
e informar inmediatamente a su supervisor sobre cualquier daño
o deficiencia observada en el mismo.
RECONOCIMIENTO
Los contribuyentes principales
a esta Alerta fueron Virgil Casini y Dawn N. Castillo de la División
de Investigación de Seguridad del NIOSH y T.J. Lentz de la División
de Educación e Información del NIOSH Los casos presentados
en esta Alerta fueron proporcionados por el Programa FACE de NIOSH y por
Thomas D. Ray del Proyecto Face del Estado de Missouri. En el sitio de
NIOSH en Internet podrá consultar otros informes de las investigaciones
del FACE:
www.cdc.gov/niosh/face/faceweb.html
Sírvase dirigir sus comentarios, preguntas o solicitudes de información adicional a:
Dr. Nancy A. Stout, Directora
Division of Safety Research
National Institute for Occupational Safety and Health
1095 Willowdale Road
Morgantown, West Virginia 26505-2888
Teléfono: 304-285-5894
Para mayor información sobre temas de salud y seguridad ocupacional,
llame al 1-800-CDC-INFO (1-800-356-4636), o visite el sitio web
de NIOSH www.cdc.gov/niosh.
Apreciamos mucho su ayuda en la protección de la salud y seguridad
de los trabajadores de los EE.UU.
Kathleen M. Rest, Ph.D., M.P.A.
Directora provisoria
Instituto Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional
Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
REFERENCIAS
CFR. Code of Federal regulations. Washington, DC: U.S. Government Printing
Office, Office of the Federal Register.
Chiles, JR [1997]. We got us some
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NATE [1998]. NATE Gin Pole
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6.
NATE [1999]. NATE Large Gin
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Morgantown, WV: U.S. Department of Health and Human Services, Public Health
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NIOSH [1998b]. Tower erector
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DHHS (NIOSH) Publication Number 2001-156
Julio 2001
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